FUNCIONES DE LA DIACO
La Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor -DIACO- como dependencia del Ministerio de Economía, es la institución responsable de velar porque se cumpla la Ley de Protección al Consumidor y Usuario Decreto 006-2003 así como su Reglamento 777-2003. Con personal en Oficinas Centrales, las 22 sedes departamentales y las dos sedes municipales.
El objetivo institucional de acuerdo a la Ley es “promover, divulgar y defender los derechos de los consumidores y usuarios, establecer las infracciones, sanciones y los procedimientos aplicables en dicha materia…” Por lo que la Dirección se ha preocupado por buscar alianzas estratégicas para unificar esfuerzos con el objeto de fortalecer dicha protección a los consumidores y usuarios.
La visión de la Institución es “Ser una institución confiable y efectiva en su labor de protección y educación de los consumidores y usuarios, al alcance de toda la población.” y, su misión: “Asistir, educar y defender a los consumidores y usuarios, para propiciar la plena vigencia de sus derechos y el desarrollo de una cultura de consumo responsable.”
La desconcentración de las funciones de la Institución ha contribuido a fomentar la cultura de queja por parte de los consumidores, así como dar a conocer a la población guatemalteca la existencia de una Institución que vela por proteger los derechos que tienen al momento de realizar transacciones comerciales con los proveedores de bienes y servicios, fomentando con ello la competencia y la calidad de los productos y servicios que ponen al servicio de la población.
Dentro de la Política Pública que tiene la DIACO, se tienen varias líneas de trabajo que se desarrollan con los siguientes departamentos con que cuenta, siendo estos: Promoción y Asesoría al Consumidor y Proveedor, Verificación y Vigilancia, Servicios al Consumidor y otros departamentos de apoyo para el desarrollo y cumplimiento del objetivo de la institución.
Entre las atribuciones de la DIACO, está la de velar por el respeto y cumplimiento de los derechos de los consumidores y usuarios y de las obligaciones de los proveedores; en este sentido, su campo de acción, está relacionado directamente con los consumidores y usuarios, de manera que el primer derecho se refiere a la protección a su vida, salud y seguridad en la adquisición, consumo y uso de los bienes y servicios, para lo cual la Institución utiliza los mecanismos que la Ley pone a su disposición y toma las acciones pertinentes relacionadas con el Código de Salud; por otra parte, que tanto los bienes producidos para el consumo interno y los importados cumplan con los estándares de calidad que no impliquen riesgos para el consumo y uso por parte de la población guatemalteca. De igual modo la Ley establece requisitos que deben cumplir los proveedores y las medidas que debe adoptar para garantizar condiciones de seguridad en los productos de consumo en general que expenda; asimismo, contempla una serie de prohibiciones para los proveedores de bienes y servicios, y señala las sanciones a que se hacen acreedores quienes faltan a estos principios.